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INFORME DE ACTIVIDADES 2022    Ayuda

Personas desaparecidas

Análisis Situacional

La CNDH está consciente que la desaparición forzada, la desaparición de personas y el conocer la suerte de todas aquéllas de quienes se desconoce su paradero en México, representa una problemática que ha impactado en el ámbito nacional e internacional, sobre todo por el incremento de los casos en los últimos años. Lo anterior, hace evidente la complejidad de las tareas de las instituciones públicas que deben abordar en forma integral esta problemática, sin desconocer que hoy en día no existe una Ley sobre Desaparición Forzada de Personas que se adecue a los estándares internacionales, ni tampoco políticas públicas para la búsqueda de personas desaparecidas.

Esta situación se agrava por el hecho de que no existen cifras confiables en la materia, toda vez que no se ha realizado una clasificación adecuada y acorde a los estándares internacionales sobre los distintos casos que pueden presentarse. Por tanto, es necesario realizar una labor de sistematización, compulsa y depuración de las distintas bases de datos existentes, a través de una metodología adecuada y criterios claros que permitan establecer en qué casos existen señalamientos de desaparición forzada de personas imputada a agentes del Estado o a particulares que actúan con el apoyo, tolerancia y aquiescencia de agentes del Estado, sobre los cuáles la responsabilidad se imputa a integrantes de la delincuencia organizada, y aquéllos otros que correspondan a personas que fueron reportadas como no localizadas, sin que en algunos de esos casos se pueda descartar los supuestos antes señalados.

Principales Acciones

En ese contexto, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos creó el Programa de Presuntos Desaparecidos (Predes) el 19 de septiembre de 1990, con el objetivo de conocer e investigar quejas relativas a personas de las que se desconoce su paradero y cuya desaparición involucra presuntamente la participación de alguna autoridad o servidor público. En ese sentido, este programa lleva a cabo las acciones tendientes a coadyuvar con los órganos de procuración de justicia en la localización del o los agraviados y, además, atender y dar trámite a quejas relativas a la desaparición de personas con el objeto de reunir los elementos de prueba necesarios que permitan conocer la verdad de los acontecimientos que propiciaron su ausencia o desaparición y, en su caso, investigar la participación de servidores públicos en tales sucesos, así como las conductas irregulares de estos durante la investigación de hechos relacionados con desapariciones. Asimismo, tenemos como finalidad ser una instancia relevante que incida en la legislación y en el fortalecimiento de políticas públicas en la materia.

Entre las actividades realizadas para coadyuvar con los órganos de procuración de justicia para atender las quejas aludidas, se llevaron a cabo diversas diligencias tales como entrevistas con los quejosos y sus familiares, amigos o testigos; se realizaron acompañamientos y se proporcionaron asesorías jurídicas a los quejosos; se consultaron y analizaron expedientes, averiguaciones previas, carpetas de investigación, causas penales, juicios de amparo, etc. También se giraron solicitudes de información a diversas autoridades federales y estatales, a los órganos de procuración y administración de justicia, a los servicios periciales, entre otros.

Cabe destacar que la CNDH presentó un Informe ante el Comité contra la Desaparición Forzada de la Organización de las Naciones Unidas en Ginebra, Suiza, en el cual reconoció que la desaparición de personas constituye un serio problema de seguridad en México, al mismo tiempo que formuló 15 propuestas para la atención de este problema. Además, en mayo del presente año, este organismo autónomo sostuvo una reunión privada con el Grupo de Trabajo de Desapariciones Forzadas o Involuntarias de la Organización de las Naciones Unidas, también en Ginebra, Suiza, en la que se destacaron propuestas adicionales para la atención integral de la desaparición de personas (Anexo III.3.1). A fin de abonar a la materialización de dichas propuestas y al fortalecimiento del marco legal e institucional en materia de desaparición forzada, este organismo nacional realizó las siguientes acciones:

i. Exhorto a las comisiones respectivas del Poder Legislativo Federal a dirigir sus esfuerzos para promover la discusión y aprobación de la reforma al artículo 73, fracción XXI de la Constitución General de la República para que el H. Congreso de la Unión tenga la facultad de legislar en materia de desaparición forzada y, en consecuencia, apruebe la ley general respectiva.
ii. Exhorto a las comisiones correspondientes del Poder Legislativo Federal a acelerar los trabajos que conduzcan a la adopción de una ley general que regule la desaparición forzada de personas en el país, de conformidad con los criterios establecidos en los instrumentos internacionales de los que México es parte, así como la necesidad de establecer políticas públicas para la búsqueda de personas desaparecidas y para la reparación del daño integral.
iii. Conjuntamente con la Comisión Ejecutiva de Atención Víctimas, se participó en la elaboración de un proyecto de Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar la Desaparición Forzada de Personas que se hizo llegar a las instancias correspondientes.
iv. Participación en la elaboración del Protocolo Homologado para la Investigación del Delito de la Desaparición Forzada.
 
Aunado a lo anterior, en 2015 se registraron 327 expedientes, de los cuales 51 son de queja, 198 de orientación directa y 78 de remisión, mismos en los que se notificó la ausencia o desaparición de 453 personas. Es oportuno señalar que, en mayo se recibió un expediente de remisión, en el cual a la fecha de su recepción, el agraviado ya había sido liberado por sus captores (Anexos III.3.2. y III.3.3).

Asimismo, a la fecha se encuentran en trámite 119 expedientes, de los cuales 78 son quejas, 38 orientaciones directas y tres remisiones. Estos documentos están relacionados con 631 agraviados. Adicionalmente, se precisa que se encuentran en trámite siete seguimientos de recomendaciones (Anexos III.3.4. y III.3.5).

Por otra parte, con la finalidad de integrar los expedientes mencionados, se giraron 177,912 solicitudes de información, de las cuales 10,050 fueron requeridas a diversas autoridades federales, mientras que 167,862 se requirieron a autoridades estatales. También, se realizaron 841 trabajos de campo y diligencias en diversas entidades federativas (Anexos III.3.6. y III.3.7). Entre ellas, se encuentran diversas reuniones con organizaciones sociales constituidas por familiares de personas desparecidas, entre otras, Familias  Unidas por nuestros Desparecidos en México (Coahuila); Grupo Vida (Coahuila); Enlaces Nacionales (Michoacán); Comité de Familiares de Víctimas de Desaparición Forzada “Los Otros Desparecidos de Iguala” (Guerrero); Familias Unidas en la Búsqueda de Personas Desaparecidas (Coahuila); Colectivo de Familias con Integrantes Desaparecidos (San Luis Potosí); Comité de Familias con Integrantes de Desaparecidos (Guerrero); Colectivo Desaparecidos Justicia (Querétaro), así como con el Movimiento por Nuestros Desaparecidos en México.

En el periodo aludido, se concluyeron 329 expedientes, de los cuales 31 son de queja, 211 de orientación directa y 87 de remisión. Dichos expedientes en su conjunto están relacionados con 451 agraviados. Cabe señalar que en el periodo que se informa fueron localizadas 18 personas, de las cuales 14 se encontraron con vida y cuatro fallecidas (Anexos III.3.8. y III.3.9).

Durante el periodo que se informa, se emitieron dos recomendaciones: la Recomendación 14/2015, de fecha 20 de mayo de 2015, dirigida al Gobernador Constitucional del Estado de Veracruz, relacionada con tres víctimas (una de ellas aún desparecida); y la Recomendación 31/2015, de fecha 21 de septiembre de 2015, dirigida al Gobernador Constitucional del Estado de San Luis Potosí y a los integrantes del H. Ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez, San Luis Potosí, relacionada con una víctima.

No se omite señalar que también se emitió la Recomendación 28/2015, de fecha 28 de agosto de 2015, dirigida al Fiscal General del Estado de Veracruz, relacionada con la inadecuada procuración de justicia en agravio de una persona desaparecida y de sus familiares.

Por otro lado, es de resaltar que desde 2007, este Organismo Nacional creó el Sistema de Información Nacional de Personas Extraviadas y Fallecidas no Identificadas (SINPEF) con el objetivo de coadyuvar con los órganos de procuración de justicia en la búsqueda y localización de las personas cuyo paradero se desconoce, y por ende, ser una instancia a la que puedan acudir las víctimas a solicitar el apoyo institucional. Dicho sistema, actualmente está conformado por tres bases de datos: SINPEF Integración; Personas Extraviadas, Desaparecidas o Ausentes (SINDE) y Personas Fallecidas no Identificadas (SINFANI).
 
1. SINPEF Integración:Se registran los casos que originalmente fueron materia de investigación (expedientes de queja) o calificados como orientación directa (OD) o remisión por parte de alguna de las Visitadurías Generales de la CNDH. Lo anterior, para efectos de búsqueda y localización.Con el mismo propósito, también se registran en dicha base de datos las solicitudes de colaboración formuladas por organismos públicos de derechos humanos, organismos no gubernamentales e incluso por órganos de procuración de justicia de las distintas entidades federativas del país. Adicionalmente se incorporaron a dicha base de datos los casos que transmite el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) al Estado mexicano, dentro de los que se realizan distintas acciones encaminadas a lograr ubicar el paradero de los agraviados.
 
 Este año se radicaron en el SINPEF Integración 438 expedientes con agraviados. Dentro de las acciones que se realizan para la atención de dichos expedientes, se giraron 78,556 solicitudes de información, de las cuales 4,823 fueron requeridas a diversas autoridades federales y 73,733 a estatales. También, se realizaron 65 trabajos de campo y diligencias en diversas entidades federativas (Anexos III.3.10. y III.3.11.). Asimismo, se concluyeron 34 expedientes, relacionados con 42 agraviados, de los cuales 31 fueron localizados con vida y 11 sin vida. De tal forma que a la fecha se encuentran en trámite 3,593 expedientes relacionados con 4,549 agraviados.
 
2. Personas Extraviadas, Desaparecidas o Ausentes (SINDE): En esta base de datos se registran los antecedentes de personas que se encuentran en esa calidad y que son proporcionados por las instancias de procuración de justicia de los 31 estados de la República Mexicana y el Distrito Federal. Actualmente cuenta con 26,025 registros.
 
3. Personas Fallecidas no Identificadas (SINFANI): En esta base de datos se registran los antecedentes de personas que se encuentran en esa calidad, cuya información es proporcionada por los titulares de los órganos de procuración y administración de justicia, a quienes indistintamente corresponde coordinar, administrar y supervisar los servicios periciales, así como los servicios médico forenses de los 31 estados de la República Mexicana y el Distrito Federal y actualmente cuenta con 16,133 registros.
 
En otro contexto, debe resaltarse que Guerrero fue el estado de donde se recibió el mayor número de reportes de personas desaparecidas, seguido de los estados de Coahuila, Tamaulipas y Veracruz. Mientras que los estados de los que se recibió el menor número de reportes fueron: Aguascalientes, Baja California Sur, Chiapas, Colima, Durango, Hidalgo, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo y Yucatán. Las entidades federativas de las que no se recibió reporte de desaparición alguna fueron Campeche, Querétaro, Tabasco, Tlaxcala y Zacatecas.
 
Con la finalidad de contribuir en la prevención de conductas irregulares cometidas por servidores públicos, este Organismo Nacional emitió tres recomendaciones (aludidas líneas arriba), con el objetivo de insistir a los órganos de procuración de justicia que se conduzcan de manera eficiente y eficaz en la investigación de hechos de personas desaparecidas.

Aunado a lo anterior, con el fin de fortalecer de manera integral la labor de búsqueda y localización de personas, se implementaron las siguientes acciones de mejora:
  • Mayor acercamiento con los familiares de los agraviados a efecto de recabar los datos de identificación necesarios para eficientar la búsqueda de personas desaparecidas.
  • Favorecimiento de las relaciones con los consulados de diversos países con el objetivo de obtener los datos de localización de los familiares de las víctimas desaparecidas, para coadyuvar con los órganos de procuración de justicia en la búsqueda y localización.
  • Mayor difusión de los servicios de asesoría jurídica y de los acompañamientos a los familiares de las víctimas desaparecidas con la finalidad de brindar apoyo institucional y, por ende, impulsar la presencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ante la sociedad.
 
Expedientes registrados en PREDES
 

 Expedientes Registrados en PREDES Fila: Expedientes de QuejaOrientación DirectaRemisión


Total de agraviados: 453
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