Con la emisión de la Recomendación General 35/2019 Sobre la protección del patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas de la República Mexicana, la CNDH buscó advertir sobre las omisiones existentes en el marco normativo nacional y en los estatales, así como en los alcances de diversas instancias del Estado, con relación a la problemática de la sustracción y la apropiación cultural indebida que enfrentan los pueblos y comunidades indígenas en sus usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas, así como, instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales, y que les son inherentes a las comunidades, como parte integral de su patrimonio cultural, a fin de coadyuvar en el diseño y generación de procedimientos y mecanismos idóneos que permitan su efectiva protección, salvaguarda, preservación integral, desarrollo y promoción. La CNDH ha sostenido que la identidad cultural comprende los rasgos, símbolos y características naturales, humanas, sociales, históricas, espirituales, artísticas, económicas y políticas que identifican a una persona y a un grupo. Actualmente, México no cuenta con un marco jurídico adecuado que atienda las especificidades y características propias de los pueblos y comunidades indígenas, mismo que haga efectivo su derecho a la protección del patrimonio cultural, ya que no se prevén las medidas necesarias para proteger, salvaguardar, preservar, promover y desarrollar dicho patrimonio. Respecto de la protección al patrimonio cultural inmaterial de los pueblos y comunidades indígenas, el Estado mexicano reconoce tal derecho; sin embargo, la falta de protección efectiva ha traído como consecuencia diversos actos de apropiación indebida del mismo en diversas regiones del país, y por diferentes sectores, entre los que destacan la industria textil, diseño y confección de ropa, así como en la industrialización y mercadeo de alimentos. Dentro de los puntos recomendatorios emitidos por la CNDH destacan los siguientes: (i) impulsar la creación de políticas públicas y promover una asignación presupuestaria que garantice la protección, salvaguarda, preservación, promoción y desarrollo integral del patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas, en la que se garantice su participación, basándose en un enfoque de Derechos Humanos, y (ii) diseñar una iniciativa de ley respecto de la creación de un sistema interinstitucional, con participación de los pueblos y comunidades indígenas, mediante el cual se coordinen esfuerzos para garantizar el reconocimiento colectivo sobre sus creaciones, y la de dichos pueblos y comunidades.